Nota: Los oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores pueden colocar una apostilla en documentos de matrimonio extranjeros, pero esto no es requerido para que el matrimonio sea considerado valido fuera de Nicaragua.
Para información general sobre matrimonios en el exterior, oprima aquí (inglés).
Quienes Pueden Celebrar Matrimonios en el Exterior
Oficiales Consulares y diplomáticos estadounidenses NO están autorizados para celebrar matrimonios (Titulo 22, Código de Regulaciones Federales 52.1). En Nicaragua, los matrimonios legales son celebrados por un juez o un abogado nicaragüense.
Los Oficiales Consulares pueden autenticar documentos relacionados a matrimonios, pero no es requerido para que el matrimonio sea considerado valido fuera de Nicaragua. La tarifa es de $50.00.
Documentación
Para contraer matrimonio legalmente en Nicaragua, un extranjero debe presentar un pasaporte válido (u otra identificación aceptable) y en algunas ocasiones su certificado de nacimiento. Adicionalmente, las personas que estuvieron casadas anteriormente deben presentar evidencia de la disolución del matrimonio anterior. (Por ejemplo un el certificado de divorcio o defunción de su cónyuge anterior) y/o prueba de soltería. Debido a que el gobierno de los Estados Unidos no extiende certificados de soltería, algunos ciudadanos estadounidenses contratan a un abogado para elaborar una declaración jurada y firmada de soltería.
Con la documentación mencionada anteriormente y la presencia de dos testigos con cédulas nicaragüenses, un notario o juez local puede celebrar su matrimonio.
Requisitos
El novio debe ser mayor de 21 años de edad o legalmente emancipado por medio de una orden judicial. La novia debe ser mayor de 18 años de edad o legalmente emancipado por medio de una orden judicial.
Si los novios no son mayores de edad y no han sido emancipados por los padres o guardadores de los menores deben consentir el matrimonio.
Impedimentos para contraer matrimonio incluyen discapacidad mental, disolución pendiente de matrimonios anteriores. Es ilegal contraer matrimonio con un hermano o hermana en Nicaragua. Para mayor información sobre procedimientos y requisitos para contraer matrimonio, consulte a un Abogado en Nicaragua ó el Código Civil de la República de Nicaragua.